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Deducciones fiscales por donativos a ONG

Si realizas donativos a entidades benéficas acogidas a la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo podrás beneficiarte de importantes deducciones en la cuota.

Hasta un 75%

DESGRAVACIÓN DE DONACIONES

Personas Físicas

La deducción a aplicar será del 75% para los primeros 150 euros.

La deducción a aplicar será del 30% para el resto.

La deducción a aplicar será del 35% para donaciones plurianuales
(a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€*

*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior

Límite deducción base
liquidable 10%

DESGRAVACIÓN DE DONACIONES

Personas Jurídicas

La deducción a aplicar será del 35% para donaciones en general

La deducción a aplicar será del 40% para donaciones plurianuales
(a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€*

*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior

Límite deducción base
liquidable 10%

Creada en el año 1.916 por José Jiménez Blechmit y llamada Santa Teresa, en honor a su madre Teresa

La Fundación dispone de dos Comedores Sociales que atienden a una media anual diaria de 250 personas

más de 700 personas diarias retiran alimentos principalmente cocinados

C/ Salvador Escudero, nº 7 – San Antón 30205 Cartagena – Murcia

+34 968 510 027

info@hospitalidadsantateresa.com

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